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Trabajadores transfronterizos Real Decreto 557/2011

El trabajador transfronterizo es aquella persona extranjera que en España realiza actividades lucrativas (ganar dinero) ya sea porque trabaja para otro (trabajador por cuenta ajena) o para sí mismo (trabajador por cuenta propia) pero que cada día vuelve a su país de origen, es decir trabaja en España pero vive en un país limitrofe. Es típico de trabajadores marroquíes y de Andorra.

Para trabajar por cuenta ajena harán falta los siguientes documentos

  • Carecer de antecedentes penales en España u otros países 5 años antes de pedir el permiso. Se deberá demostrar con el certificado de antecedentes de cada país donde se residió.
  • No estar inscrito en el registro de personas rechazables tanto en España como en otros países con acuerdo.
  • Residir en una zona fronteriza a España
  • Que la situación económica y del empleo que se quiere desarrollar permita su contratación
  • El empleador debe presentar un contrato con fecha de inicio condicionada a lograr el permiso de trabajo
  • Que el empleador este dado de alta en la Seguridad Sociual y se encuentre al corriente de los pagos.
  • Que las condiciones del contrato se ajusten a las legales en España
  • Que el empleador cuente con medios para pagar las nominas y desarrollar la actividad
  • Que el trabajador tenga conocimiento para desarrollar su trabajo

Para trabajar por cuenta propia (autónomo) harán falta los siguientes documentos

  • No estar inscrito en el registro de personas rechazables tanto en España como en otros países con acuerdo.
  • Residir en una zona fronteriza a España
  • Tener los requistos que la ley española marque para abrir el negocio. No hace falta tener las licencias sino demostrar que se pueden lograr.
  • Tener conocimientos y experiencia en el trabajo a desarrollar.
  • Demostrar que la capacidad financiera es suficiente para llevar a cabo el proyecto. Tener dinero suficiente o créditos para poner en marcha el negocio.
  • Demostrar que el negocio en su primer año dará ingresos suficientes para vivir

Una vez logrado el permiso, y no más tarde de 1 mes, el trabajador deberá ser dado de alta en la Seguridad Social en el régimen que le corresponda. Además el trabajador deberá obtener su NIE Tarjeta de Identidad de Extranjero que deberá pedirla como trabajador transfronterizo

Una vez obtenido el permiso de trabajador transfronterizo este tendrá un plazo de vigencia de un mínimo de 3 meses y un máximo de 1 año que comenzará a contar desde la fecha de inicio del contrato que normalmente será la misma para ambos documentos.

El permiso de trabajo transfronterizo sólo es válido para la Comunidad Autónoma limítrofe a donde reside el trabajador por ejemplo un trabajador andorrano podrá realizar su labor en Cataluña pero no en Valencia.

La autorización podrá prorrogarse si la relación laboral se mantiene, es decir al pasar el año si continua trabajando en España se podrá renovar la autorización. Estas prorrogas tendrán la misma duración que el contrato con un máximo de un año cada una.

Si se pierde el trabajo o se cesa el negocio la autorización de trabjador transfronterizo expira.

Por último comentar que tener la autorización de trabajador transfronterizo no da derecho a optar al permiso de residencia y trabajo aunque si se tiene en cuenta en la solicitud.

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