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Programa de Asociaciones

Existen diferentes programas de ayuda a asociaciones de españoles en el extranjero. Puedes obtener información puntual en el portal de la Dirección General de Migraciones ya que las ayudas cambian de año en año.

Os dejamos un extracto de lo más importante que dice la web oficial

Objeto
Contribuir a la financiación de los gastos ordinarios derivados del funcionamiento de las Federaciones, Asociaciones y Centros de españoles en el exterior, entendiéndose por tales los de personal, alquiler de local, electricidad, gas, agua, línea telefónica de voz y de datos, material de oficina de carácter fungible o consumible y otros de similar naturaleza. Se consideran también subvencionables en este programa los gastos derivados de la celebración de una Asamblea anual por aquellas Federaciones que representen o integren a Asociaciones o Centros de Españoles en el Exterior de más de un país.
Beneficiarios

  • Las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior que cuenten con un número mínimo de 50 asociados y un máximo de 1.000 que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles en el exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.
  • Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar, en su caso, inscritas en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Excepcionalmente, previo informe del Consejo de Residentes Españoles de la demarcación correspondiente, y a propuesta del Consejero de Trabajo e Inmigración, podrá tomarse en consideración la solicitud de ayuda de asociaciones o centros que no reúnan el número máximo/mínimo de asociados o no figuren inscritos en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior con dos años de antelación.

Determinación de la cuantía
La cuantía de estas ayudas será de carácter variable y estará en función de los gastos totales anuales de funcionamiento de la entidad, hasta un máximo del 30 por 100 de éstos. En el caso de las Federaciones que representen o integren asociaciones o centros de más de un país, dicho límite podrá elevarse hasta el 100 por 100 de sus gastos de funcionamiento.


Criterios de valoración
Se tomarán en consideración los siguientes criterios:

  • Existencia de local social, destinado exclusivamente al funcionamiento de la asociación.
  • Implantación de la institución y colectivo al que se dirigen las actuaciones de la asociación, centro o entidad.
  • Número de asociados y aportación económica de los mismos.
  • Actividades que realiza la entidad o que tiene previsto acometer en el periodo de vigencia de las ayudas.

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