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Documentación > Permiso de trabajo en España para extranjeros limítrofes

Permiso de trabajo en España para extranjeros limítrofes

Documento obsoleto VER Trabajadores transfronterizos

Artículo 43. Trabajadores transfronterizos y prestación transnacional de servicio. (Redactado conforme a la Ley Orgánica 2/2009)

1. Los trabajadores extranjeros que, residiendo en la zona limítrofe, desarrollen su actividad en España y regresen a su lugar de residencia diariamente deberán obtener la correspondiente autorización administrativa, con los requisitos y condiciones con que se conceden las autorizaciones de régimen general, siéndoles de aplicación en cuanto a los derechos de seguridad social lo establecido en el artículo 14.1 de esta Ley

2. Reglamentariamente se establecerán las condiciones para la autorización de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios, de acuerdo con la normativa vigente.

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