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La pensión compensatoria en las parejas de hecho

La ruptura de la pareja de hecho rompe el equilibrio (pacto) económico entre las partes. La legislación existente se encarga de equilibrar la situación económica en los matrimonios pero no en la pareja de hecho.
La existencia o no de una pensión compensatoria dependerá de la existencia de un pacto entre la pareja de hecho. Si se va a juicio el juez puede imponer una pensión reparadora a favor del compañero de la unión que haya cuidado de la familia o haya colaborado en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro compañero.

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